ACTUAL CONSTITUCIÓN EUROPEA, ¿SÍ o NO?

INFÓRMESE ANTES DE VOTAR

 

¿Conoces el contenido del Tratado que se someterá a Referéndum el 20 de febrero de 2005?

NO

¿Sabías que la Constitución Europea es de rango superior a la Constitución de cualquier Estado miembro?

NO

¿Estás recibiendo información o crees que hay debate público sobre este Tratado?

NO

¿Sabes que esta Constitución es la Ley Fundamental que afectará nuestra vida y la de las futuras generaciones?

NO

¿Votarías una Constitución con un GRAVE DÉFICIT DEMOCRÁTICO en su proceso de ELABORACIÓN?

NO

¿Ratificarías una Constitución que impone la PRIVATIZACIÓN de la SEGURIDAD SOCIAL, EDUCACIÓN  y  TRANSPORTES, entre otros servicios y empresas públicas (Art. III - 122, Art. III -166)

NO

¿Sabías que en este texto aparece 78 veces la palabra "mercado", 27 la palabra "competencia", 3 veces "progreso social" y 1 "economía social de mercado?

NO

¿Ratificarías una Constitución que SUSTITUYE el DERECHO AL TRABAJO por el DERECHO A TRABAJAR; (Art. II - 75) reduce a su mínima expresión la protección contra los DESPIDOS, el DESEMPLEO y la EXCLUSIÓN, el derecho a una PENSIÓN DE VEJEZ y el DERECHO A UNA VIVIENDA?

NO

¿Ratificarías una Constitución que NO ASEGURA la IGUALDAD DE GÉNEROS? (Art. III - 116)

NO

¿Sabías que una empresa que desarrolle su actividad en España podrá fijar su sede en otro país comunitario y que las condiciones salariales, derechos sociales, normativa del medio ambiente, etc. serán las de ese país? (Directiva Bolkenstein)

NO

¿Ratificarías una Constitución que "potencia una mano de obra adaptable"? (Art. III - 203). La temida FLEXIBILIDAD tendría rango CONSTITUCIONAL.

NO

¿Ratificarías una Constitución que subordina la UE a la OTAN e IMPONE AUMENTAR el GASTO MILITAR? (Art. I - 41)

NO

¿Ratificarías una Constitución que establece el PODER FINANCIERO (Banco Central Europeo)  POR ENCIMA DEL PODER POLÍTICO Y LA DEMOCRACIA?

NO

¿Ratificarías una Constitución que MENOSCABA los DERECHOS SOCIALES Y LABORALES adquiridos en Europa tras siglos de lucha?

NO

¿Votarías SÍ o NO porque así lo dice un político o comunicador?

NO

¿Firmarías, sin conocerlo en detalle, un Contrato de más de 300 páginas que va a regir toda tu vida?

NO

¿Votarías SÍ a una Constitución incomprensible e inteligible para la mayoría de ciudadanos? NO

¿Sabías que para modificar el texto de la Constitución será  necesario el acuerdo de los 25 estados miembros?

NO

 

Cuente sus respuestas.

Si ha contestado más veces que NO, tiene motivos más que suficientes para VOTAR NO.

 

ARTÍCULOS A LOS QUE SE HA HECHO REFERENCIA EN EL CUESTIONARIO ANTERIOR

ARTÍCULO III-122

Sin perjuicio de los artículos I-5, III-166, III-167 y III-238, y dado el lugar que ocupan los servicios de interés económico general como servicios a los que todos conceden valor en la Unión, así como su papel en la promoción de la cohesión social y territorial de ésta, la Unión y los Estados miembros, dentro de sus competencias respectivas y en el ámbito de aplicación de la Constitución, velarán por que dichos servicios funcionen conforme a principios y en condiciones, económicas y financieras en particular, que les permitan cumplir su cometido. Dichos principios y condiciones se establecerán mediante ley europea, sin perjuicio de la competencia de los Estados miembros, dentro del respeto a la Constitución, para prestar, encargar y financiar dichos servicios.

 

ARTÍCULO III-166

1. Los Estados miembros no tomarán ni mantendrán, respecto de las empresas públicas y de las empresas a las que concedan derechos especiales o exclusivos, ninguna medida contraria a la Constitución, en particular al apartado 2 del artículo I-4 y a los artículos III-161 a III-169.

2. Las empresas encargadas de la gestión de servicios de interés económico general o que tengan el carácter de monopolio fiscal estarán sujetas a las disposiciones de la Constitución, en particular a las normas sobre competencia, en la medida en que la aplicación de dichas disposiciones no impida, de hecho o de derecho, el cumplimiento de la misión específica a ellas confiada. El desarrollo del comercio no deberá verse afectado de forma contraria al interés de la Unión.

3. La Comisión velará por la aplicación del presente artículo y adoptará, según sea necesario, los reglamentos o decisiones europeos apropiados.

 

ARTÍCULO II-75

Libertad profesional y derecho a trabajar

1. Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada.

2. Todo ciudadano de la Unión tiene libertad para buscar un empleo, trabajar, establecerse o prestar servicios en cualquier Estado miembro.

3. Los nacionales de terceros países que estén autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros tienen derecho a unas condiciones laborales equivalentes a aquellas que disfrutan los ciudadanos de la Unión.

 

ARTÍCULO III-116

En todas las acciones contempladas en la presente Parte, la Unión tratará de eliminar las desigualdades entre la mujer y el hombre y de promover su igualdad.

 

ARTÍCULO III-203

La Unión y los Estados miembros se esforzarán, de conformidad con la presente Sección, por desarrollar una estrategia coordinada para el empleo, en particular para potenciar una mano de obra cualificada, formada y adaptable, así como unos mercados laborales capaces de reaccionar rápidamente a la evolución de la economía, con vistas a lograr los objetivos enunciados en el artículo I-3.

 

ARTÍCULO I-41

Disposiciones particulares relativas a la política común de seguridad y defensa

1. La política común de seguridad y defensa forma parte integrante de la política exterior y de seguridad común. Ofrecerá a la Unión una capacidad operativa basada en medios civiles y militares. La Unión podrá recurrir a dichos medios en misiones fuera de la Unión que tengan por objetivo garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas. La ejecución de estas tareas se apoyará en las capacidades proporcionadas por los Estados miembros.

2. La política común de seguridad y defensa incluirá la definición progresiva de una política común de defensa de la Unión. Ésta conducirá a una defensa común una vez que el Consejo Europeo lo haya decidido por unanimidad. En este caso, el Consejo Europeo recomendará a los Estados miembros que adopten una decisión en este sentido de conformidad con sus respectivas normas constitucionales. La política de la Unión con arreglo al presente artículo no afectará al carácter específico de la política de seguridad y defensa de determinados Estados miembros, respetará las obligaciones derivadas del Tratado del Atlántico Norte para determinados Estados miembros que consideran que su defensa común se realiza en el marco de la Organización del Tratado del Atlántico Norte y será compatible con la política común de seguridad y defensa establecida en dicho marco.

3. Los Estados miembros pondrán a disposición de la Unión, a efectos de la aplicación de la política común de seguridad y defensa, capacidades civiles y militares para contribuir a los objetivos definidos por el Consejo. Los Estados miembros que constituyan entre ellos fuerzas multinacionales podrán asimismo ponerlas a disposición de la política común de seguridad y defensa. Los Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus capacidades militares. Se crea una Agencia en el ámbito del desarrollo de las capacidades de defensa, la investigación, la adquisición y el armamento (Agencia Europea de Defensa) para identificar las necesidades operativas, fomentar medidas para satisfacerlas, contribuir a identificar y, en su caso, a aplicar cualquier medida oportuna para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa, para participar en la definición de una política europea de capacidades y de armamento, así como para asistir al Consejo en la evaluación de la mejora de las capacidades militares.

4. El Consejo adoptará por unanimidad, a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión o a iniciativa de un Estado miembro, las decisiones europeas relativas a la política común de seguridad y defensa, incluidas las relativas al inicio de una misión contemplada en el presente artículo. El Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión podrá proponer que se recurra a medios nacionales y a los instrumentos de la Unión, en su caso conjuntamente con la Comisión.

5. El Consejo podrá encomendar la realización de una misión, en el marco de la Unión, a un grupo de Estados miembros a fin de defender los valores y favorecer los intereses de la Unión. La realización de esta misión se regirá por el artículo III-310.

6. Los Estados miembros que cumplan criterios más elevados de capacidades militares y que hayan suscrito compromisos más vinculantes en la materia para realizar las misiones más exigentes establecerán una cooperación estructurada permanente en el marco de la Unión. Esta cooperación se regirá por el artículo III-312 y no afectará a lo dispuesto en el artículo III-309.

7. Si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance, de conformidad con el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. Ello se entiende sin perjuicio del carácter específico de la política de seguridad y defensa de determinados Estados miembros. Los compromisos y la cooperación en este ámbito seguirán ajustándose a los compromisos adquiridos en el marco de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, que seguirá siendo, para los Estados miembros que forman parte de la misma, el fundamento de su defensa colectiva y el organismo de ejecución de ésta.

8. Se consultará periódicamente al Parlamento Europeo sobre los aspectos principales y las opciones fundamentales de la política común de seguridad y defensa. Se le mantendrá informado de la evolución de la misma.

 

Texto de la Constitución Europea    alojado de su web oficial www.constitucioneuropea.es

 

ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN EUROPEA ANALIZADOS

análisis extraído de http://constitucion.redliberal.com/

 

 

¿PORQUÉ VOTAR NO A ESTA CONSTITUCIÓN EUROPEA?

Votaremos NO a la Constitución Europea porque ninguna carta magna que se respete puede tener 325 páginas. Las constituciones deben ser cortas y escritas en un lenguaje llano, de modo que puedan ser percibidas como suyas por todos los ciudadanos aunque no sean expertos en Derecho Constitucional.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque otorga a la Unión poderes sobre los ciudadanos que ninguna Constitución debería otorgar a gobierno alguno. Las constituciones deben servir para garantizar derechos y limitar poderes, no para limitar derechos y ampliar poderes.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque otorga derechos a los países, pero no a los ciudadanos.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque entrega un poder excesivo a Francia y Alemania.

Votaremos NO a la Constitución Europea hasta que los países que forman la Unión se defiendan entre sí por encima de intereses geoestratégicos particulares (véase Francia y Perejil).

Votaremos NO a la Constitución Europea mientras países de la UE como Bélgica sigan sin extraditar terroristas.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque consagra al parlamento europeo como una institución de parásitos sin poder real alguno, que curiosamente es la única que nos dejan elegir a los ciudadanos.

Votaremos NO a la Constitución Europea hasta que sólo se incluya el grado de soberanía que todos los estados están dispuestos a ceder, sin admitir que alguno se escaquee de forma excepcional.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque establece la discriminación entre hombres y mujeres.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque consagra los llamados "derechos positivos", que no se pueden cumplir en ningún caso y cuya puesta en negro sobre blanco supone unos impuestos atroces y una presencia excesiva de las instituciones públicas sobre la vida de los ciudadanos.

Votaremos NO a la Constitución Europea porque la pregunta del referéndum deja la puerta abierta a que ésta sea modificada una vez aprobada sin volver a consultar a los ciudadanos: "¿Aprueba usted el proyecto del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa?"

Votaremos NO a la Constitución Europea porque permite y reserva a las administraciones públicas discriminar a los ciudadanos según su estado miembro de procedencia.

En resumen, votaremos NO a la Constitución Europea porque consagra una Europa liberticida dirigida desde Bruselas por unas élites de burócratas.

 

MANIFIESTO DE LA PLATAFORMA NO A LA CONSTITUCIÓN EUROPEA” EN MADRID

NO A LA CONSTITUCIÓN DE LA EUROPA DEL CAPITAL Y LA GUERRA

Por la Europa de los derechos sociales y de los pueblos,

¡No al Europa del capital y la guerra!

 

Madrid, Octubre de 2.004

La razón de ser del proyecto constitucional

La UE ha sido, por encima de cualquier retórica, un proyecto económico que ha necesitado una cierta unidad política. La UE tiene su razón de ser en la búsqueda de un mercado unificado a escala europea, para lo cual ha emprendido políticas como la liberalización de los intercambios comerciales o la creación de una infraestructura de transporte y comunicación. Pero la UE ha llegado más lejos al establecer un sistema de administración y control político y social unificados, e imponer una moneda única.

Además, la UE no sólo se explica en clave interna, otro de los objetivos de su creación es permitir a sus multinacionales y gran capital proyectarse hacia el exterior con la ganancia de potencia que se deriva de la ampliación de su mercado doméstico.

Las políticas necesarias para este gran proyecto sólo pueden llevarse a cabo a través de alguna clase de autoridad unificada, dotada de adecuados poderes e instrumentos administrativos, legislativos y judiciales, así como policiales y, en última instancia, militares. Esta fue la finalidad con la que se creó la UE a partir del Tratado de Maastricht.

 

Pero las bases sentadas en Maastricht no han sido suficientes para afrontar el nuevo desafío de la UE: convertirse en una superpontencia mundial. Así ya ha empezado a luchar por la hegemonía mundial con EEUU. Para ser una superpotencia la UE necesita aumentar el territorio bajo su control directo (con sus consumidores/as - trabajadores/as, materias primas e industria), lo cual explica en parte la ampliación al Este. Además, una superpotencia tiene que ser un poder político y militar de primer orden. Estas son las dos facetas fundamentales que se intentan abordar en el proyecto de Constitución: sentar las bases del reparto de poder interno para que las decisiones sean más ágiles dando más poder a los países centrales, y avanzar definitivamente hacia la creación de un poder militar que respalde al euro (con la férrea oposición de EEUU). Además de consagrar una UE neoliberal.

 

Por lo anterior, rechazamos el proyecto de Constitución Europea porque limita de forma importante los derechos civiles, nacionales, sociales y políticos y representa un retroceso en relación a las legislaciones (ya lo suficiente limitadas) vigentes en los estados que integran la Unión. Es una Constitución neoliberal, militarista e imperialista, que consagra la Europa de los Estados negando el derecho de autodeterminación, que refuerza la desigualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, y que mantiene un modelo de desarrollo que destruye el medio.

 

Nosotr@s que queremos otra Europa, la Europa de los trabajadores y de los pueblos, de los derechos sociales, de las libertades, democrática, solidaria, pacífica, no xenófoba y ecológicamente sostenible. Rechazamos este proyecto Constitucional por como se ha hecho, por lo que dice y por lo que supone de intento de hacer de la UE una superpotencia económica, política y militar.

 

Denunciamos que el proceso de elaboración del borrador de la Constitución:

  • No se ha hecho en colaboración con la sociedad civil, a la que ni se le ha consultado ni siquiera informado. Todo lo contrario de un proceso constituyente expresión de la soberanía de los pueblos.

  • Todo el secretismo que han mantenido respecto a los ciudadanos se ha convertido en comunicación fluida y coordinación con los lobbys empresariales con sede en Bruselas.

  • Sólo en algunos países se someterá a Referéndum, y en la mayoría este resultado no será vinculante.

 

Este será el caso del Estado español, dónde, si se ratifica en el Referéndum a celebrar el 20 de Febrero de 2.005, será sólo a nivel simbólico.

   

Es prácticamente irreformable porque un solo país tendrá derecho a vetar la decisión de los otros veinticuatro. Este sistema no busca mayorías cualificadas sino minorías de bloqueo.

 

Qué dice y qué no dice el proyecto de Constitución Europea:

 

1. Un proyecto militar

El proyecto de CE apuesta a mantener una política de exteriores y seguridad común que los países tienen que apoyar de forma activa y sin reservas. Crea la Agencia Europea de Armamento y afirma que cada país se compromete a mejorar progresivamente sus capacidades militares, asegura que los estados de la Unión quedan integrados en la OTAN y aprueba los ataques preventivos. Se legalizan las declaraciones de guerra por parte de la Unión. Las acciones armadas precederán las explicaciones, aunque se afirme retóricamente que se enmarca en la ONU: Se informará inmediatamente al Consejo de Seguridad y las Naciones Unidas de cualquiera agresión armada y de las medidas que se han adoptado para hacerle frente.

 

La cláusula “de solidaridad” entre estados habla de prevenir el terrorismo en los territorios de los estados miembros y de evaluar periódicamente los riesgos que amenazan la Unión, sin definir en caso alguno el término terrorismo ni explicar cuál sería el ámbito de actuación siguiendo la doctrina de la "cruzada contra el mal" de George Bush.

 

Se consagran la policía interna Europol y la fiscalía Eurojust que refuerzan el control policial y la represión.

 

Así esta política de represión preventiva contenida en el ámbito de la seguridad, extiende la desconfianza y el temor a las poblaciones anulando en la práctica el derecho de asilo y refugio.

 

Para todas aquellas personas que estamos en contra de la guerra y proponemos la renuncia definitiva e incondicional del uso de las fuerzas armadas como instrumento político, la CE sólo nos ofrece un modelo militarista.

 

2. Unos derechos sociales a la baja

El articulado no garantiza de ninguna forma el cumplimiento de los derechos sociales. Además iguala los derechos sociales de l@s europe@s a los niveles de los países dónde estos están más desprotegidos.

En ningún caso se establecen los mecanismos coactivos que obliguen a los estados al cumplimiento de los derechos sociales. Hay derechos, como el derecho a la salud, el derecho a la vivienda o el derecho a un salario suficiente que ni se mencionan, y otros derechos aparecen devaluados por una redacción interesada. Así en el texto aparece:

  • Derecho a trabajar en condiciones justas y equitativas. No si indica claramente que toda persona tiene derecho a un empleo digno y estable.

  • El derecho de los jóvenes a ser protegidos de la explotación económica y del derecho de las mujeres a ser protegidas del despido por razón de embarazo. "Proteger" no significa ni garantizar ni prohibir.

  • El derecho de huelga sólo en negociaciones colectivas y limitada a las leyes restrictivas de cada país, esto dificulta la convocatoria de la huelga general europea.

  • El derecho al acceso a los servicios económicos de interés general, que hasta ahora se llamaban “servicios públicos”, y que podrán ser privatizados libremente por el gobierno de cada país. Por lo tanto, nos podemos ir despidiendo de las políticas sociales con respecto a educación, sanidad, servicios a las personas, pensiones de vejez y de invalidez y la posibilidad de acceder a una vivienda.

  • No se reconoce el derecho a disfrutar de un medio ambiente limpio por todos los habitantes de la Unión. En su lugar sólo existe una vaga referencia al desarrollo sostenible supeditado a la insostenible competitividad.

  • El proyecto de Constitución no permite a los pueblos de Europa decidir libremente su futuro porque no recoge ni el derecho democrático a la autodeterminación, ni el derecho a la unidad territorial de las naciones sin estado, puesto que ni siquiera las reconoce, y perpetúa las fronteras estatales vigentes. Sólo nos podremos dirigir a las cinco instituciones europeas en las 21 lenguas estatales, entre las cuales no se incluyen el catalán, euskera, gallego... de manera que no permite el uso de la lengua propia. Tampoco dedica ningún esfuerzo a proteger los derechos jurídicos, culturales y lingüísticos de las naciones.

  • "A cambio" permite el cierre patronal (lockout) por parte de los empresarios, las deslocalizaciones, etc... garantizando la impunidad de las multinacionales, como ya estamos padeciendo.

 

Además la Constitución se encarga de consagrar el derecho a la propiedad privada por encima de los derechos sociales. El único sistema económico permitido será la economía de mercado de abierta y libre competencia, y pervivirán las desigualdades de presupuesto, servicios y salarios entre los países europeos puesto que el sistema de seguridad social será a gusto de cada país. Cabe añadir que se considera la especulación económica un valor en sí misma, porque los capitales podrán circular libremente, siendo imposible aplicarles ni la tasa Tobin ni ninguna otra.

 

La CE propone una política de déficit cero que imposibilita el desarrollo de políticas sociales y el pleno empleo. Acuerda también obedecer los dictados de la Organización Mundial del Comercio  y apuesta por un modelo energético claramente insostenible al propugnar un mercado único de la energía y una deslocalización de la producción y el consumo.

 

El Banco Central Europeo (BCE) seguirá sin estar controlado por el poder político. Su importancia es capital ya que, aparte de ser el único autorizado a emitir euros, controlará la tasa de interés. El BCE y el sistema de bancos centrales, constituyen una organización jerárquica con poderes ejecutivos, legislativos y la facultad de imponer sanciones, exentos de cualquiera control democrático.

 

3. Un modelo antidemocrático

Sólo el Parlamento, una de las 5 instituciones que forman la Unión Europea, se elegirá por sufragio universal directo. Las otros cuatro se votarán por delegación donde le peso de los países centrales de la UE será fundamental. Esto supone un alejamiento en la consecución de sociedades que se gobiernen mediante democracia participativa.

 

No se sabrá qué vota el/la delegado/da y por lo tanto no se le podrá pedir cuentas.

 

En la práctica el Parlamento europeo no tiene casi capacidad legislativa y está excluido de la política exterior, el resultado es una perversión del sistema democrático. La Comisión Europea, pese a ser escogida de forma no democrática, podrá hacer propuestas legislativas y su presidente tendrá las funciones propias de un régimen presidencialista. (habría que resaltar preferentemente al Consejo que es que quien tiene más poder)

 

Europa tendría que tener una legislación laica a todos los efectos, sin ninguna referencia a iglesias confesiones y religiones.

 

No se puede desconocer la transformación acaecidas en el conjunto de los países europeos que ya no son los aquellos emisores de mano de obra, por el contrario, mayoritariamente son receptores de miles de personas, una inmigración desesperada que se enfrenta a legislaciones restrictivas que obstaculizan la libre incorporación a las sociedades europeas, y aquell@s ciudadan@s extracomunitari@s que acceden a los beneficios de la regularización, constituyen la mano de obra semi-esclava –cuando no esclava- de la que se alimentan diversos y considerables sectores de la economía. Así se fomentala xenofobia con una nueva categoría inferior de ciudadano residente de larga duración no comunitario. A estas personas no comunitarias se les niegan casi todos los derechos. Además, las fronteras europeas estarán organizadamente vigiladas: la Europa fortaleza será un hecho.

 

Por todo lo que hemos dicho queda claro que nos jugamos el futuro. ¡La Constitución Europea es un tratado para legitimar los intereses del gran capital contrarios a los de la mayoría de los pueblos de Europa y del mundo!

 

Es por ello que las ciudadanas y ciudadanos que vivimos y trabajamos en el continente europeo pretendemos mediante la cooperación y la solidaridad, la creación de la riqueza social destinada a la satisfacción de las necesidades sociales, y,  reafirmamos nuestro anhelo de vivir en paz, en libertad, con justicia, protegiendo el medio ambiente, potenciando la diversidad y multiplicidad conformando una democracia  directa de mujeres y hombres libres.

 

www.nodo50.org/noconstitucion - noconstitucion@nodo50.org

GRUPO PROMOTOR DE LA PLATAFORMA “NO A LA CONSTITUCIÓN EUROPEA” (MADRID)


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